Cada día son más los varapalos de la Justicia europea a la española, especialmente en materia hipotecaria. Los consumidores han sido los que han pagado la mayoría de los problemas bancarios y las sentencias europeas no paran de evidenciarlo. Esto es el resultado de un sistema bancario cuya responsabilidad deja mucho que desear, unido a unos poderes públicos que no tienen al consumidor como centro de protección.
Innumerables malas prácticas bancarias como en lo sucedido con el vencimiento anticipado demuestran que España muchas veces no se ajusta a la normativa europea. Aquí se permitía al banco exigir el dinero de toda la hipoteca en caso de uno o tres impagos y el Abogado General de la UE que la Justicia de este país y a su banca en ocasiones es ineficiente con las conclusiones de cinco casos en que los tribunales españoles se preguntaban cómo actuar en caso de ser considerada abusiva la cláusula de vencimiento anticipado. El abogado Szpunar consideró que si una cláusula es nula por abusivo, hay que sacarla del contrato y que pedir el vencimiento anticipado por esas cuotas es abusiva por desproporcionado.
Hablando de oportunismo bancario y de cláusulas declaradas nulas, otro abuso fue el fraude las cláusulas suelo, que el Tribunal Supremo trató de anular los gastos generados por esa cláusula y el TJUE volvió a corregir en la sentencia histórica del 16 de diciembre. Este caso evidencia que la transparencia en la justicia es débil, además ADICAE considera que esto fue un “fraude sobre fraude” por esos pactos que ha impuesto la banca a sus clientes rebajando o anulando los “suelos” para así no devolver lo que habían cobrado indebidamente. ADICAE espera que en este caso se haga Justicia este 31 de octubre en el que la Audiencia Provincial de Madrid se pronunciará sobre la macrodemanda de cláusula suelo que ha presentado la Asociación.
Las hipotecas multidivisas en las que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) “concluyó” que el préstamo hipotecario en divisas no era un instrumento financiero regulado por la Ley del Mercado de Valores. Declaró este tipo de hipotecas eran nulas, pero solamente de forma parcial por su falta de transparencia. Sin embargo, la Justicia europea hay veces que también se lava las manos y después de haber dictado esto, la semana pasada reculó y dijo que corresponde al juez nacional competente detectar el posible carácter abusivo de una cláusula en los contratos de préstamos sujetos a un tipo de cambio.
Otro varapalo de Europa a los bancos fue a los intereses de demora, en este caso el Tribunal Supremo sí defendió en esta ocasión a los usuarios. Una vez que se había iniciado el procedimiento de ejecución de la vivienda, la entidad financiera exigía el cobro de unos intereses de demora, que podía alcanzar hasta más del 20% del importe del préstamo o la deuda pendiente. Finalmente el TJUE avaló la jurisprudencia del Supremo, que considera abusivas las cláusulas “no negociadas” de un préstamo que impliquen aumentar su tasa de interés en más de dos puntos. ADICAE insistió en que era cláusula claramente abusiva, teniendo en cuenta que cobraban unos intereses moratorios en caso de impago de cuotas hipotecarias.
LO QUE ESTÁ POR VENIR
El último episodio que anuncia una nueva corrección de abuso financiero a los consumidores ha sido este mismo mes. El índice IRPH también tiene informes favorables a su anulación por el abogado general de la UE y de la Comisión Europea como en el vencimiento anticipado. Estas hipotecas llegaron a suponer algo más del 10% de los préstamos hipotecarios y podrían afectar a un millón de familias.
Seguramente el IRPH no sea el último capítulo de estos abusos en los que Europa tiene que solucionar lo que nuestra Justicia no ha podido o querido hacer. Desde el año 2006, Europa tiene a España en el foco de estos abusos y ADICAE no descarta que en la sede del TJUE se corrijan otros abusos como la comisión de apertura y los gastos hipotecarios, para clarificar de una vez por todas los gastos del banco y del prestatario.
ADICAE insiste en que es urgente la aprobación de la ley de transparencia en la contratación masiva, ya que podría evitar estos abusos, puesto que integrarían en nuestras leyes la ineficacia plena de las cláusulas declaradas abusivas en los contratos entre consumidores y empresas. Esto es que si una cláusula de un contrato es declarada nula, todos los efectos que haya generado dicha cláusula deben anularse. La aprobación de esta ley habría solucionado muchos problemas a los consumidores de haberse aplicado ya.