ADICAE, que ha propuesto siempre como prioridad la resolución extrajudicial de los conflictos masivos con los consumidores, sigue apoyando la resolución extrajudicial del conflicto de cláusulas suelo y seguirá defendiéndola. Eso sí, su apoyo al acuerdo anunciado por el Gobierno, el PSOE y Ciudadanos -texto al que ADICAE ha tenido acceso y que a continuación publicamos-, queda condicionado a la incorporación de unos cambios fundamentales que ADICAE ha propuesto al Gobierno y a los grupos parlamentarios para que se logre una verdadera solución extrajudicial y se respete la legalidad y las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Este jueves, la asociación ha trasladado al Ejecutivo y los grupos políticos un documento de Propuestas y enmiendas de ADICAE al borrador conocido de Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo que aprobará con toda probabilidad mañana viernes 20 de enero el Consejo de Ministros. El documento de ADICAE incluye 12 medidas concretas elaboradas por los Servicios Jurídicos de la asociación.
Con el fin de que todo el mundo, empenzado por los propios afectados, conozcan de primera mano lo que se está negociando y puedan comparar, ADICAE publica a continuación tanto el borrador del Real Decreto-ley acordado por el Gobierno, el PSOE y Ciudadanos, así como el documento de enmiendas y propuestas de ADICAE, que viene a corregir los déficits del borrador:
-DESCARGAR DOCUMENTO DE ENMIENDAS Y PROPUESTAS DE ADICAE: http://bit.ly/2iF3WZf
-DESCARGAR BORRADOR DEL REAL DECRETO LEY: http://bit.ly/2jrRAAR
Podemos avanzar que el borrador acordado por los partidos contiene ambigüedades y contradicciones flagrantes. Así lo ha expuesto ADICAE en sus enmiendas para que el futuro sistema extrajudicial no sea un fracaso a favor de la banca. Dejar toda la interpretación de las reglas de este mecanismo al libre albedrío de los bancos conllevaría el riesgo de replicar las nefastas consecuencias del arbitraje de las preferentes de las entidades nacionalizadas.
Entre los múltiples déficits a corregir, se señalan tres ejemplos:
1) El tópico que se viene difundiendo en los medios de comunicación de que los bancos informarán a todos los clientes con cláusula suelo sobre su cláusula y las cantidades y condiciones de devolución se ve contradicho por la ambigüedad del artículo 3 del decreto, que solo impondría esta condición de información para aquellos consumidores que reclamen.
2) Como ha predicado en varias ocasiones el ministro De Guindos, el decreto abriría la puerta a la negación de las sentencias judiciales por parte de algunas entidades, como el Sabadell o el Popular, y por tanto conduciría a la negación de cualquier medida extrajudicial ya en el artículo 1 (Objeto). Esto se concreta cuando el texto del Gobierno habla de “determinadas cláusulas suelo”, dejando en entredicho la realidad ya sentenciada por la Justicia de que TODAS LAS CLÁUSULAS SUELO SON ABUSIVAS Y NULAS, no solamente «determinadas cláusulas suelo» como indica el texto.
Esta cuestión se ve explicitada en el artículo 3.2. al señalar el borrador que “En el caso en que la entidad considere que la devolución no es procedente […], en cuyo caso se dará por concluido el procedimiento extrajudicial”. Y en el 3.4. concede a la entidad el extraño privilegio de no contestar en tres meses y “dar por concluido el procedimiento extrajudicial”. Es decir, el acuerdo de los partidos podría facilitar a los bancos denegar a los usuarios la negociación extrajudicial si al banco no le interesa, a pesar de que, tal como insistimos, TODAS LAS CLÁUSULAS SUELO SON ABUSIVAS y por tanto TODO LOS CONSUMIDORES DEBEN RECUPERAR TODO.
3) En ninguna parte del borrador del decreto se hace alusión a las legítimas organizaciones representativas de los consumidores y usuarios y, muchos menos, se las legitima para una intervención colectiva de asesoramiento y apoyo a los consumidores afectados en las complejas relaciones y supuestas “negociaciones”. Sin embargo y paradójicamente esta capacidad de las asociaciones como ADICAE está reconocida en los sistemas arbitral de consumo y de reclamaciones, así como en la nueva regulación de resolución extrajudicial de conflictos que impone la Directiva europea 2013/11/UE y que el Gobierno ha adaptado aún a la legislación española pese a que el plazo para ello venció nada menos que en julio de 2015.
Por todo ello, como avanzábamos este miércoles, se confirma que el borrador deja demasiadas sombras y ambigüedades negociadas por la banca y el Ministerio de Economía, si bien ADICAE esperará a conocer el texto definitivo que se apruebe para analizarlo con el debido rigor. Una vez analizado, expondremos a los socios y afectados una posición clara sobre la conveniencia o no del sistema extrajudicial.