Apropiación indebida, administración desleal y estafa. Estos son los graves delitos de los que acusa ADICAE a varios ex directivos de Caixanova y Caixa Galicia: Julio Fernández Gayoso, José Luis Pego Alonso, Gregorio Gorriarán Laza, Óscar Rodríguez Estrada, Francisco Javier García de Paredes Moro y Ricardo Pradas Montilla, quienes presuntamente usaron su influencia dentro del Consejo de Administración de la entidad para ‘inflar’ los blindajes de sus contratos y, tras el proceso de fusión con Caixa Galicia que dio lugar a Novacaixagalicia, endosarse un total de 18.915.291,56 euros.

Los hechos se remontan a la fusión de Caixanova y Caixa Galicia que, tras unos años de errático rumbo y fraudes al ahorro popular mediante la comercialización de cláusulas suelo en las hipotecas, clips hipotecarios o participaciones preferentes, unieron sus destinos el 1 de diciembre de 2010, alumbrando a Novacaixagalicia. Tras ello, y a pesar de los datos que ambas entidades habían facilitado para que se diera luz verde a su fusión, se incrementó el ratio de morosidad del 5,1% (correspondiente al ejercicio 2009) a un 7,1%, “al haber aflorado con motivo de la operación de fusión activos dudosos procedentes de ambas cajas”; se triplicaron los activos fallidos, 1.449 millones de euros de variación neta, de 2009 a 2010; y el patrimonio agregado de las cajas disminuyó en 1.872 millones de euros, como consecuencia de las variaciones en el valor de varios activos registrados en los estados financieros.

A pesar de esta precaria situación de las entidades financieras, de la que eran perfectamente conocedores los acusados e, incluso, responsables directos de haber llegado a ella, el 20 de octubre de 2010, previamente a que se culminara el proceso de fusión pero una que vez que los Consejos de Administración de sendas entidades ya le habían solicitado al FROB 1.162 millones de euros en participaciones preferentes convertibles de la futura entidad, José Luis Pego Alonso, director general de Caixanova; Óscar Rodríguez Estrada, director general adjunto del área de División de Asuntos Institucionales de Caixanova; y Gregorio Gorriarán Laza, director general adjunto de la División Comercial en Caixanova, acordaron, con la participación de Julio Fernández Gayoso, presidente del Consejo de Administración y de la Comisión de Retribuciones de Caixanova, y de Ricardo Pradas Montilla, asesor en materia laboral de Caixanova, modificar, para mejorarlos, sus contratos de Alta dirección, con la voluntad de asegurarse unas importantes liquidaciones en perjuicio de la que sería la nueva entidad, todo ello en ejecución de un plan previamente preconcebido y en acuerdo de voluntades.

Información sesgada

El 1 de diciembre de 2010, en el primer Consejo de Administración de Novacaixagalicia, una vez fusionadas las dos entidades, se aborda el asunto “Toma de conocimiento y ratificación de los contratos de Alta Dirección suscritos por las Cajas fusionadas y vigentes en la nueva Caja”.

Para hablar de dicho aspecto toma la palabra el copresidente de la nueva entidad, Julio Fernández Gayoso, quien expone que “Caixanova suscribió y elevó a documentos públicos tres contratos de alta dirección formalizados entre Caixanova y el Director General D. José Luis Pego Alonso y los dos directores generales adjuntos D. Óscar Rodríguez Estrada y D. Gregorio Gorriarán Laza, de conformidad con los acuerdos adoptados al respecto por su Consejo de Administración en diferentes sesiones (así, por ejemplo, en las celebradas con fechas 29/11/90, 23/12/98, 28/06/01, 30/12/04 y 28/07/05)”.

Julio Fernández Gayoso, utilizando su posición y omitiendo, una vez más, su deber de diligencia y salvaguarda de la entidad que copresidía, induce al error en el Consejo de Administración de Novacaixagalicia al hacerles creer al resto de consejeros que los contratos de alta dirección que se ratificaban en dicho Consejo eran los contratos originarios de José Luis Pego Alonso, Óscar Rodríguez Estrada y Gregorio Gorriarán Laza con la entidad Caixanova y no unas modificaciones que mejoraban aquellos de manera distinta a la del resto de personal de Caixanova y les aseguraban un importante rendimiento económico en caso de abandonar la entidad.

Varias reuniones del Consejo de Administración después, y como culminación del plan urdido por los acusados, Óscar Rodríguez Estrada (en fecha 9 de septiembre), José Luis Pego Alonso y Gregorio Gorriarán Laza (en fecha 13 de septiembre) le comunican a Julio Fernández Gayoso que optan por el desistimiento unilateral de su relación laboral con la nueva entidad, lo que provoca que, de acuerdo a las modificaciones contractuales impulsadas por éstos y ocultadas, primero, al Consejo de Administración de Caixanova y, posteriormente, al Consejo de Administración de Novacaixagalicia, Julio Fernández Gayoso, liquide, sin informar al Consejo de Administración de Novacaixagalicia y al Banco de España, los importes correspondientes a los desistimientos unilaterales ejercitados. En concreto en las siguientes cantidades: José Luis Pego Alonso 7.731.487,83 euros, Óscar Rodríguez Estrada 691.261,53 euros y Gregorio Gorriarán Laza 4.833.504,61euros.

ADICAE pide condenas de cuatro años de prisión y multa de diez meses con cuota diaria de 300 euros, e inhabilitación 

Apenas unos días más tarde del nacimiento de NCG Banco S.A. que se produce el 14 de septiembre, el cual ya contaba con un nuevo equipo de gobierno, el último en llevar a la perfección el plan previamente preconcebido fue Francisco Javier García de Paredes Moro, ya que éste, el 19 de septiembre de 2011, ejercita la facultad de desistimiento que había sido introducida “ex novo” en su contrato percibiendo así la cantidad, en concepto de liquidación, de 5.659.037,59 euros, la cual fue aprobada por el Presidente de la nueva entidad, José María Castellano, en la creencia que ésta, al igual que las de los otros acusados, se ajustaba a la legalidad, cuando ello no era así.

Una vez que los medios de comunicación se comienzan a hacer eco de la liquidación de dichas indemnizaciones con carácter previo a la bancarización de Novacaixagalicia, D. Joaquín Caballero Miranda, miembro de la Comisión de Control de Novacaixagalicia, en representación de la Xunta de Galicia, le envía una carta a la Presidenta de la Comisión de Control en la que le traslada su preocupación por los posibles efectos en la situación de la entidad por el pago de dichas liquidaciones y le solicita que, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 12 articulo 39 de los estatutos de la entidad, se requiera al Consejo de Administración la revocación de dichos acuerdos.

En la reunión de 8 de noviembre de 2011 la Comisión de Control acordó requerir al Consejo de Administración para que revocara los acuerdos adoptados en su reunión de 25 de agosto, si bien, en la reunión de 21 de diciembre de 2011 de la Comisión de Control se zanjó la cuestión señalando que, el Consejo de Administración acordó, en referencia a la solicitud de revocación, que “las manifestaciones públicas del Presidente del Banco han confirmado la legalidad del acuerdo”.

Qué penas pide ADICAE

ADICAE, presente como acusación popular, acusa a los implicados de los siguientes delitos: apropiación indebida según el artículo 252 del Código Penal; administración desleal, en base al artículo 295 del Código Penal; y, alternativamente, de estafa según los artículos 248 y 250.1.5. del Código Penal.

Asimismo, se requiere que los acusados, José Luis Pego Alonso, Gregorio Gorriarán Laza, Óscar Rodríguez Estrada y Francisco Javier de Paredes Moro -en concepto de autores- y Julio Fernández Gayoso y Ricardo Pradas Montilla -en concepto de cooperadores necesarios- sean condenados a la pena de cuatro años de prisión y multa de diez meses con cuota diaria de 300 euros, más la inhabilitación para desempeñar profesiones relacionadas con la administración o dirección de empresas durante el tiempo de la condena.

ADICAE también exige que los acusados devuelvan a Novacaixagalicia Banco, por la nulidad radical de los contratos a los que hace referencia la acusación, la cantidad de 18.915.291,56 euros, correspondiente a la suma total de las indemnizaciones percibidas. Esta cantidad, sumada a las multas anteriormente referidas, hace un montante global de más de 19.450.000 euros.

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