La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite actualizar los alquileres anualmente y el IPC es el índice más utilizado para ello. Lo que ocurre es que, desde febrero de 2022, cuando comenzó la guerra en Ucrania, los precios de todos los bienes y servicios se han disparado afectando también a los alquileres.

El gobierno decidió imponer el límite del 2%, de manera temporal, en base al “Índice de Garantía de Competitividad”, que calcula la media de la inflación de los países de la zona euro. Esta medida entró en vigor del 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2022 y se aplica sobre la renta mensual que el inquilino está pagando. Por ejemplo, si se está pagando un alquiler de 1000 €, en la revisión del contrato la subida máxima sería de 20 € y no de 80 € o más según marca el IPC vigente.

Según un portal inmobiliario, la subida del IPC en el alquiler en España ha hecho que el precio medio del alquiler de un inmueble de dos habitaciones haya pasado de 680€ al mes a 726€, es decir, una subida de 46€ mensuales y más de 550€ al año, algo que no todos podrán asumir en este año 2022.

  • Las ciudades con alquileres más caros

Según este estudio, las ciudades con los alquileres más caros son: Barcelona (18,7 euros el metro cuadrado), San Sebastián (16,4 euros), Madrid (16,2), Castelldefels, Barcelona (15,8), Marbella (15,1), Sant Cugat del Vall’es (14,6), Hospitalet de Llobregat, Barcelona (14,1), Alcobendas (13,9) y Majadahonda (13,3).

  • Aspectos a tener en cuenta.

Si se actualizó la renta antes del 1 de abril de 2022, el inquilino no podrá acogerse a esta nueva medida del gobierno, ya que no tiene carácter retroactivo. Por tanto, los contratos actualizados en marzo ya no pueden bajar la renta hasta el límite del 2%. Pero si la actualización del contrato hay que hacerla entre los meses de abril y diciembre sí que se puede aplicar el máximo de subida del 2%, aunque el propietario haya avisado un mes antes de entrar en vigor.

Si la revisión del contrato de alquiler es después del 31 de diciembre de 2022, en principio, se podría aplicar de nuevo el IPC para calcular la subida, si así aparece en el contrato, aunque el gobierno podría decidir prorrogar la medida del 2% si la inflación continúa subiendo. De hecho, se ha ido prorrogando cada tres meses, así que no se descarta una nueva ampliación hasta marzo de 2023.

Por un lado, una vez que la renta ya se ha actualizado, incluyendo o no la medida del gobierno, ya no se podrá volver a subir hasta que se cumpla un año de la anterior renovación, ya que la ley contempla una única actualización de la renta al año (este aspecto debe aparecer claramente en el contrato).

Por otro lado, el propietario no podrá retrasar la actualización de la renta de su vivienda una vez que pase el plazo de la medida impuesta por el gobierno, ya que la LAU contempla que la actualización de la renta del alquiler debe llevarse a cabo cuando el contrato cumple un año.

Por ejemplo, si el contrato de arrendamiento se firmó en agosto de 2021, la actualización de la renta de dicho contrato siempre se hará en el mes de agosto de cada año. Por eso, si el propietario quiere esperar a actualizar la renta según el IPC para evitar la limitación máxima del 2%, estará infringiendo la ley.

Adicae plantea la necesidad de no limitar la intervención en el ámbito del acceso a la vivienda a las situaciones más extremas y de carácter más coyuntural, sino incorporar una visión de fondo, estructural y de futuro a las políticas y reformas necesarias.

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