Tras meses buscando una resolución extrajudicial del caso clips hipotecarios, algo a lo que se negaron las entidades financieras, en los últimos meses del año 2010 ADICAE presentó demandas agrupadas en nombre de sus socios frente a los bancos y cajas que colocaron a sus clientes con hipoteca estos productos totalmente inadecuados y tóxicos ofreciéndolos como seguros o sin riesgo, a sabiendas de que esto no era cierto y se trataba de un engaño, tal y como los acontecimientos económicos han demostrado.

En la actualidad, prácticamente la totalidad de las demandas presentadas han sufrido todo tipo de vicisitudes y trabas por parte de los abogados de las entidades y los propios jueces, con el fin de no admitir estas demandas que agrupan a consumidores a pesar de estar prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil esta posibilidad siempre que exista un nexo entre los demandantes, lo que ha prolongado en el tiempo las resoluciones y por tanto las novedades sobre los diferentes casos.

En el caso de Caixa Galicia, la demanda fue admitida a trámite en fecha 5 de abril de 2011. En esta ocasión, la novedad es un reciente auto judicial en el que el Juzgado de La Coruña pretende ‘trocear’ la demanda colectiva de ADICAE, aunque este auto no es definitivo y ya ha sido recurrido por el equipo jurídico que se encarga del caso.

 Cuestiones más relevantes del auto 

-Una resolución, auto judicial, en la que se admite continuar con el juicio por el que se decide sobre la acción colectiva en defensa de todos los consumidores por la mala comercialización del producto.

-El juez sin embargo, ha manifestado que no se pronunciará en esa misma sentencia sobre la indemnización a los particulares por esa mala comercialización.

-Asimismo, el juez indica que quien quiera que se resuelva sobre cómo se le comercializó a cada persona en particular, deberá ir a un procedimiento aparte.

Como es obvio lo primero que ha hecho ADICAE ante esta noticia es recurrir esta resolución judicial que nos obligaría a trocear la demanda. Ahora nuestra asociación debe esperar a que el juez se pronuncie sobre el recurso planteado.

El motivo de poner en valor la vía de la acción colectiva es debido a que como asociación de consumidores entendemos que las demandas deben y pueden presentarse de forma agrupada, ya que de lo contrario la justicia colectiva prevista en nuestras leyes quedarían sin sentido. Bancos y cajas podrían salir fortalecidos si los consumidores tuvieran que acudir uno a uno a la vía judicial, con los problemas habituales de la Justicia en este sentido: distintas resoluciones, plazos de resolución y costes para el usuario… No obstante, llegado el caso ADICAE no dudará en acudir a los juzgados por la vía individual.

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