EL TJUE CONFIRMA UNA VEZ MÁS LA FALTA DE TRANSPARENCIA EN LAS CLÁUSULAS DEL IRPH
ADICAE celebra la resolución del TJUE a sus peticiones e insta al Supremo a tomar medidas urgentes.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reafirmado que la validez del índice hipotecario IRPH está condicionada a su transparencia. Para evitar que se considere abusivo, los bancos deben haber informado a los consumidores de manera clara y comprensible sobre su cálculo, su evolución histórica y sus particularidades.
Criterios de Transparencia
En su fallo, el TJUE subraya los elementos clave que deben acompañar cualquier préstamo hipotecario vinculado al IRPH para cumplir con los criterios de transparencia y garantizar la protección de los consumidores:
- Referencia oficial al BOE y a la Circular de 1994, que detalla el funcionamiento del IRPH.
- Explicación exhaustiva del método de cálculo y la evolución histórica del índice.
- Advertencia específica sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo al IRPH para igualarlo al Euríbor, evitando así perjuicios para el consumidor.
El TJUE considera que muchas cláusulas asociadas al IRPH no cumplen estos requisitos. Cuando no se proporciona información clara, completa y accesible para un consumidor medio, la cláusula podría ser declarada nula por falta de transparencia.
Este fallo pone en entredicho la postura del Tribunal Supremo español, que hasta ahora ha respaldado el IRPH como un índice oficial, confiando en su aplicación de buena fe por parte de las entidades financieras. Sin embargo, si se confirma la falta de transparencia, las cláusulas podrían ser declaradas abusivas, lo que abriría la puerta a que miles de afectados puedan reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más.
Conclusión
Desde ADICAE, insta al Tribunal Supremo a alinearse con la decisión del TJUE sin dilaciones innecesarias. Esto permitiría acelerar los procesos judiciales y garantizar que los consumidores afectados recuperen su dinero cuanto antes, resarciendo el daño sufrido por una práctica bancaria que, a todas luces, ha vulnerado sus derechos.
Para más información sobre la sentencia del IRPH acude a la web SERJUR y a nuestros artículos de La Economía del Consumidor.