Aparecer en uno de los registros de deudores es muy sencillo, y más desde que las grandes empresas, entre ellas las de telefonía, mandan informes a las principales bases de datos si se ha devuelto un sólo recibo. Aunque el artículo 29 de la Ley de Protección de Datos exige que se notifique al consumidor con 30 días de antelación de que se va a proceder a inscribirle en el registro, muchas de éstas notificaciones no llegan al deudor. Según datos de las propias agencias, hay usuarios inscritos en las listas de morosos por facturas que no llegan ni a los 100 euros.
La importancia de salir de una de estas listas radica en que son consultadas por gran parte de las entidades financieras e incluso por particulares para efectuar cualquier transacción económica. De hecho, con el número del DNI de la persona interesada es posible consultar la existencia o no de deuda de un tercero si ésta aparece en algún fichero abierto.
Sin embargo, abandonarlas no es tan sencillo. Se trata de un proceso farragoso, que muchas veces puede inducir a error. No sirve sólo con el abono de la deuda sino que es necesario enviar la documentación a cada una de las agencias en las que se aparece inscrito y pedir la rectificación. Ésta, según la LOPD, debería llevarse en el plazo máximo de diez días desde que se recibe la documentación.
Cabe resaltar que, si una vez concluido el proceso, sigue publicada la información puede tener consecuencias penales para la empresa y para quien gestione el listado de morosos. Está prohibido mantener los datos personales de un usuario sin que exista deuda viva, incluso aunque junto al nombre del supuesto moroso se refleje que no existe obligación alguna entre ambas partes.
Cómo salir
Hacer desaparecer cualquier rastro de ficheros de morosos como ASNEF o RAI es una tarea difícil, especialmente cuando no se está de acuerdo con la deuda.
En el caso de que un consumidor no pague la deuda que le exigen porque cree que no le corresponde debe presentar una reclamación ante la empresa alegando que no está de acuerdo y reclamar ante una asociación de consumidores como ADICAE, una oficina de Consumo, ya sea en la OMIC del municipio o en el Defensor del Consumidor de cada Comunidad Autónoma.
Para salir de los ficheros de morosos es necesario abonar el pago y enviar el resguardo, por burofax principalmente, al gestor del fichero o bien ponerse en contacto con la empresa con la que se han saldado las deudas y que sea ésta la que, igual que dio la orden de inscribir al usuario, que dé la orden de ser borrado.
Independientemente de que se pague o no la deuda, es posible salir del archivo a los seis años. La Ley de Protección de Datos obliga a que los datos personales sean eliminados del listado transcurrido dicho plazo si bien eso no deja extinguida la deuda, que permanecerá abierta y podrá ser exigida por otras vías.
Para conocer si se está dentro de una de estas listas negras, puede consultarse cada una de las agencias en las que operan. Las entidades financieras, no obstante, tienen acceso directo a ellas. Si bien no tienen la obligación de dar esa información, son las que cuentan con un acceso más rápido a todas las bases de datos de España.
Los cambios de operadores, permanencias no cumplidas o facturación excesiva en servicios tan básicos como la luz, el agua o la telefonía centran la mayoría de los casos inscritos en este tipo de bancos de datos.
En España no existe legislación que proteja a los consumidores de los abusos de las empresas de recobro. Desde ADICAE consideramos que el Gobierno debe tomar de manera inmediata medidas que solucionen esta problemática.